DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL
DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL Constitucionalidad El principio de constitucionalidad, que no es sino el reconocimiento de la soberanía constitucional, es decir la primacía e inviolabilidad de la Constitución, donde gobernantes y gobernados se someten a la autoridad de la Constitución. La constitucionalidad, como ya se dicho, es un principio fundamental del Estado Constitucional y Democrático de Derecho, donde se reconoce de forma conciente y absoluta, la existencia y respeto a una estructura u orden constitucional, al cual se encuentran articuladas y sometidas, todas las leyes y demás normas jurídicas. La constitucionalidad, significa la defensa efectiva de la Constitución y al orden que proyecta, en procura de garantizar, a través de instrumentos procesales, la protección de los derechos fundamentales de las personas. La constitucionalidad, como existencia jurídica, política y social es la expresión de la supremacía de la Constitución, constituye el soporte y s